¿Qué son las Cesantías y para qué se utilizan?
Es un ahorro al que tienes derecho por estar trabajando bajo un contrato laboral. Su pago es responsabilidad del empleador y corresponde a un mes de salario por cada año de servicio. Es el equivalente a un seguro de desempleo, aunque también se permite retirar para casos excepcionales. Si aún no estás afiliado o deseas trasladarte, haz clic aquí.
Conoce cómo calcular las cesantías aquí
¿Cómo afiliar o trasladar tus cesantías a Porvenir?
Conoce paso a paso el proceso para afiliar o trasladar tus cesantías a Porvenir de manera rápida, sencilla y 100% digital.
- Ingresa tus datos básicos en el formulario de afiliación, haciendo clic aquí.
- Ingresa tus datos laborales y financieros.
- Recibirás confirmación de tu traslado en tu correo electrónico.
¿Cuándo se pagan las Cesantías?
- La fecha máxima de pago es hasta el 14 de febrero. El pago de cesantías se realiza a un fondo de cesantías como Porvenir
- Los intereses de las cesantías serán consignados a tu cuenta de ahorro por parte de tu empleador antes del 31 de enero, conoce más de los intereses de las cesantías aquí.
Realiza el retiro de tus Cesantías desde la nueva Sucursal Virtual
Ingresa aquí y conoce un nuevo espacio para retirar tus Cesantías. Si tienes dudas de como realizar este proceso mira el siguiente video:
Requisitos para retirar Cesantías
¿Tienes colaboradores a tu cargo?
Gestiona las cesantías de las personas que trabajan contigo, sea en tu casa, en tu emprendimiento o en tu empresa.
¡3 maneras de estar en contacto con tus Cesantías!
Te brindamos atención 24/7 para tus afiliaciones, traslados y administración.
Preguntas frecuentes
Las cesantías son pagadas por el empleador, quien debe consignarlas anualmente en el fondo elegido por el trabajador, según el salario, el tiempo laborado y corresponden a un mes de salario por cada año de trabajo.
En Porvenir, las cesantías pueden ser bloqueadas por razones legales, de seguridad o por inactividad prolongada. A continuación te explicamos cada caso y cómo gestionarlo:
1. Bloqueo preventivo por inactividad
Este bloqueo se aplica cuando una cuenta de cesantías no presenta movimientos durante un período prolongado. Su objetivo es proteger los recursos del afiliado ante posibles fraudes, suplantaciones o accesos no autorizados.
¿Cómo desbloquear?
Es necesario validar tu identidad a través de alguno de estos canales:
- Comunícate con nuestra Línea de Servicio al Cliente.
- Acércate a cualquiera de nuestras Oficinas Porvenir.
2. Retención por causas legales
Según el Artículo 250 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador puede solicitar la retención de las cesantías si el trabajador incurre en faltas graves como:
- Cometer actos delictivos contra el empleador o sus familiares.
- Provocar daños materiales graves de forma intencional.
- Divulgar secretos técnicos o comerciales que afecten a la empresa.
- Aunque se presenten estas situaciones, las cesantías no pueden retenerse o descontarse de forma automática. Cada caso debe ser evaluado y seguir el proceso legal correspondiente.
¿Cómo desbloquear?
- Consulta directamente con tu empleador o comunícate con nosotros para conocer el motivo del bloqueo.
- Si existe una sentencia judicial, Porvenir podrá liberar las cesantías únicamente si el juez lo autoriza.
3. Bloqueo por solicitud del empleador
En algunos casos, el empleador puede solicitar el bloqueo temporal de las cesantías, especialmente si hay procesos disciplinarios o investigaciones internas en curso.
¿Cómo desbloquear?
- Contáctanos para conocer el estado de tu cuenta.
- Si el empleador está de acuerdo, debe enviar una solicitud formal a Porvenir para levantar la restricción.
- Una vez recibida la autorización, podrás disponer de tus cesantías conforme a los requisitos legales.
Sí. Las empleadas domésticas tienen derecho al pago de cesantías siempre que exista una relación laboral, independientemente de que el contrato sea verbal, a término fijo o indefinido. Este derecho aplica incluso cuando el servicio se presta solo algunos días a la semana, por lo que el empleador debe realizar la correspondiente consignación de cesantías.
Cuando no se realiza este pago, el empleador puede entrar en estado de mora adquirida. En consecuencia, deberá pagar un día de salario al trabajador por cada día de retraso.
Conoce aquí donde tienes tus cesantías sólo con tu número de cédula y fecha de expedición.
Los fondos pueden tardar entre 24 y 72 horas en reflejar la consignación dependiendo del flujo operativo.
Revisa tu fondo en marzo. Si no aparece, debes consultar a Recursos Humanos.
Puedes solicitar el traslado de tus cesantías aquí. Antes de iniciar, revisa los requisitos de tu caso y ten presente que un traslado no es lo mismo que realizar una nueva consignación de cesantías.


