¡Liquida y paga las Cesantías aquí!

¿Cómo pagar las Cesantías de tus empleados?

Puedes realizar la afiliación de tus colaboradores a través de WhatsApp o pagar y liquidar las Cesantías de manera 100% digital. 

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¿Contrataste un empleado doméstico? Sus cesantías empiezan contigo

Si contrataste un/a empleado/a doméstico/a, debes afiliarlo/a a un fondo de cesantías para cumplir con tus obligaciones como empleador. En Porvenir, te acompañamos en el proceso para que avances con información clara y finalices el proceso exitosamente.

 

¡Tu empresa también gana por estar afiliada a Cesantías!

Afiliarse a Cesantías no solo beneficia a tus colaboradores, también impulsa el Bienestar Financiero Sostenible de tu empresa. 

  • Zona Transaccional Empresas: Puedes hacer tus trámites fácilmente y 100% digital para la gestión de Cesantías.
  • Aportes en línea: Es tu aliado para liquidación y pago de Cesantías.
  • Financiación con el grupo Aval: Puedes adquirir créditos con tasas preferenciales para el aporte de las Cesantías.
  • Planes empresariales: Acceso a planes empresariales que ayudan a tus colaboradores a ahorrar y proyectarse.

¡3 maneras de estar en contacto con tus Cesantías!

Te brindamos atención 24/7 para tus afiliaciones, traslados y administración.

  • Un consultor te brindará acompañamiento personalizado.

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Preguntas frecuentes

Es obligación pagarlo a los empleados con contrato laboral, también a los de servicio doméstico o choferes, aunque trabajen por días o tiempo parcial. Págalas aquí.

En Porvenir, las cesantías pueden ser bloqueadas por razones legales, de seguridad o por inactividad prolongada. A continuación te explicamos cada caso y cómo gestionarlo:

1. Bloqueo preventivo por inactividad

Este bloqueo se aplica cuando una cuenta de cesantías no presenta movimientos durante un período prolongado. Su objetivo es proteger los recursos del afiliado ante posibles fraudes, suplantaciones o accesos no autorizados.

¿Cómo desbloquear?

Es necesario validar tu identidad a través de alguno de estos canales:

2. Retención por causas legales

Según el Artículo 250 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador puede solicitar la retención de las cesantías si el trabajador incurre en faltas graves como:

  • Cometer actos delictivos contra el empleador o sus familiares.
  • Provocar daños materiales graves de forma intencional.
  • Divulgar secretos técnicos o comerciales que afecten a la empresa.

¿Cómo desbloquear?

  • Consulta directamente con tu empleador o comunícate con nosotros para conocer el motivo del bloqueo.
  • Si existe una sentencia judicial, Porvenir podrá liberar las cesantías únicamente si el juez lo autoriza.

3. Bloqueo por solicitud del empleador

En algunos casos, el empleador puede solicitar el bloqueo temporal de las cesantías, especialmente si hay procesos disciplinarios o investigaciones internas en curso.

¿Cómo desbloquear?

  • Contáctanos para conocer el estado de tu cuenta.
  • Si el empleador está de acuerdo, debe enviar una solicitud formal a Porvenir para levantar la restricción.
  • Una vez recibida la autorización, podrás disponer de tus cesantías conforme a los requisitos legales.

Sí. Las empleadas domésticas tienen derecho al pago de cesantías siempre que exista una relación laboral, independientemente de que el contrato sea verbal, a término fijo o indefinido. Este derecho aplica incluso cuando.

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Sí. Las empleadas domésticas tienen derecho al pago de cesantías siempre que exista una relación laboral, independientemente de que el contrato sea verbal, a término fijo o indefinido. Este derecho aplica incluso cuando el servicio se presta solo algunos días a la semana, por lo que el empleador debe realizar la correspondiente consignación de cesantías.

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Según lo estipula la ley colombiana, las cesantías se deben liquidar con el auxilio de transporte para los trabajadores que tienen derecho a recibirlo. Aunque este auxilio no constituye salario, sí hace parte de la base para calcular las prestaciones sociales, entre ellas las cesantías. Si el trabajador no recibe este beneficio, no se incluye en la liquidación.

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En el proceso de liquidación y pago que Porvenir tiene habilitado, la afiliación puede realizarse con el pago, sin un trámite previo adicional.

Las empresas deben liquidar y consignar las cesantías de sus colaboradores cada año. El pago al fondo de cesantías debe realizarse a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.

Sí. La responsabilidad de pagar cesantías no es exclusiva de las empresas. Si contratas directamente a una persona bajo una relación laboral, revisa las obligaciones que te corresponden como empleador.