Cálculo actuarial en línea

Con esta herramienta podrás realizar el cálculo actuarial para tus trabajadores o como trabajador independiente para periodos de cotización en los cuales se haya presentado omisión.

¿Cómo realizar este proceso?

Te compartimos los pasos para llevar a cabo la liquidación del cálculo actuarial:

  1. Accede al portal www.soyactuario.com.co.
  2. Registrarte con tu usuario en la herramienta.
  3. Actualiza los datos del aportante o empleador.
  4. Ingresa los datos del trabajador por el que vas a pagar el cálculo actuarial: nombres, fecha de nacimiento y género.
  5. Escribe los periodos de omisión.
  6. Luego, el portal te enviará, al correo electrónico que hayas registrado, la liquidación con el valor total a pagar y la referencia de pago.
  7. Dirígete al operador PILA de tu preferencia y a través de la planilla tipo “Z” realiza el pago según la referencia de pago indicada en el punto anterior.

En caso de presentar inconvenientes en la generación del cálculo actuarial ten en cuenta las siguientes recomendaciones: 

  • La dirección de correo electrónico debe estar actualizada en alguna de las administradoras de fondos de pensiones, de no ser así primero debes actualizar tu información.
  • El cálculo actuarial debe corresponder únicamente a los periodos que están en omisión, es decir, aquellos en los que nunca se reportó una relación laboral.
  • Si la fecha de inicio de omisión es anterior a la fecha de creación de la empresa no te permitirá realizar el cálculo.
  • Si no te permite realizar el cálculo actuarial envía la imagen del error o explica las razones para solicitar un cálculo anterior a la fecha de creación de la empresa y solicita la generación del cálculo actuarial a través de nuestra ventanilla virtual, ingresando a www.porvenir.com.co.

Información importante

  • Los trabajadores independientes no podrán convalidar tiempos de cotización anteriores al 29 de enero de 2003, a través de los aportes o calculo actuarial por omisión del que trata el presente Decreto, por no ser afiliados obligatorios al Sistema General de Pensiones a esa fecha.
  • Efectos del pago del cálculo actuarial. “El aportante sólo podrá acreditar el periodo declarado a través de un cálculo actuarial por omisión, cuando no hubiere tenido lugar la ocurrencia del siniestro que dé lugar al pago de prestaciones de invalidez o sobrevivencia.
  • Soporte de tu liquidación con membrete y firma original de tu empleador.*
  • En el evento en que ocurra el siniestro que cause la prestación de invalidez o sobrevivencia, el aportante que haya incurrido en omisión de afiliación o vinculación, y por tanto omitió el pago de la prima del seguro previsional en el Régimen de Ahorro Individual o el aporte a los Fondos de Invalidez y sobrevivencia en el Régimen de Prima Media, deberán asumir con sus recursos, el pago de la totalidad de las reservas matemáticas que permitan financiar las prestaciones derivadas de las contingencias acaecidas por invalidez o muerte, a través de una conmutación pensiona!, o en su defecto deberá hacerse cargo del pago de la pensión que se cause.
  • El cálculo de las reservas necesarias para la conmutación pensional que permita reconocer la pensión a que haya lugar deberá realizarlo la administradora donde se encuentre afiliado el trabajador".